Actualidad - la justicia acredita que un fisioterapeuta no tiene la competencia exclusiva del masaje
Departamento Jurídico
13 de noviembre de 2017
La Justicia acredita que un fisioterapeuta no tiene la competencia exclusiva del masaje
La Justicia acredita que un fisioterapeuta no tiene la competencia exclusiva del masaje
El Juzgado de lo Penal nº1 de Pamplona diferencia perfectamente entre el fisioterapeuta y el Quiromasajista para, a continuación, añadir que la diferenciación manifestada por el acusado es acorde con la definición de la Ley 44/2003 de 21 de noviembre, “lo que viene a acreditar que la labor desarrollada por los quiromasajistas es propia y autónoma de la desarrollada por los fisioterapeutas”, según ha valorado el presidente de la Asociación Nacional de Profesionales y Autónomos de las Terapias Naturales, COFENAT, Roberto San Antonio-Abad.
Desde el Departamento Jurídico de COFENAT se ha explicado que la sentencia condena al Colegio de Fisioterapeutas de Navarra al pago de las costas procesales por haber mantenido sus conclusiones condenatorias en varios elementos de hecho que habían quedado desvirtuados durante la instrucción del procedimiento.
En este sentido, la Justicia fundamenta dicha condena en lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, expresamente, menciona la temeridad y la mala fe como una causa que motiva la condena al pago de las costas procesales.
“Esperemos que esto sirva para que la administración tome cartas en el asunto y los colegios de fisioterapeutas dejen de abusar como entidad de derecho público, haciendo acusaciones con el único fin de desacreditar a los profesionales que no son fisios”, ha concluido el presidente de COFENAT.
El Juzgado de lo Penal nº1 de Pamplona diferencia perfectamente entre el fisioterapeuta y el Quiromasajista para, a continuación, añadir que la diferenciación manifestada por el acusado es acorde con la definición de la Ley 44/2003 de 21 de noviembre, “lo que viene a acreditar que la labor desarrollada por los quiromasajistas es propia y autónoma de la desarrollada por los fisioterapeutas”, según ha valorado el presidente de la Asociación Nacional de Profesionales y Autónomos de las Terapias Naturales, COFENAT, Roberto San Antonio-Abad.
Desde el Departamento Jurídico de COFENAT se ha explicado que la sentencia condena al Colegio de Fisioterapeutas de Navarra al pago de las costas procesales por haber mantenido sus conclusiones condenatorias en varios elementos de hecho que habían quedado desvirtuados durante la instrucción del procedimiento.
En este sentido, la Justicia fundamenta dicha condena en lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, expresamente, menciona la temeridad y la mala fe como una causa que motiva la condena al pago de las costas procesales.
“Esperemos que esto sirva para que la administración tome cartas en el asunto y los colegios de fisioterapeutas dejen de abusar como entidad de derecho público, haciendo acusaciones con el único fin de desacreditar a los profesionales que no son fisios”, ha concluido el presidente de COFENAT.